El socio director de IBIDEM Abogados, Enrique Martín, opina en el diario digital Valencia News sobre las nuevas sentencias que consideran abusivas las contrataciones de seguros de vida a prima única vinculados a una hipoteca, promulgadas como respuesta a dos demandas presentadas por IBIDEM Abogados, Linklawyers y Goldaracena.
En su artículo, Martín deja claro que “no existe – ni ha existido nunca – ninguna obligación legal de contratar un seguro de vida o de amortización del préstamo cuando se contrata una hipoteca”, en referencia a los Seguros de Vida a Prima Única Financiada (PUF, por sus siglas).
En esta modalidad de seguro, como explica Enrique Martín, “se paga por adelantado la totalidad de la prima, incrementándose de forma considerable la cuota de la hipoteca, ya que su coste total se añade al total de la hipoteca”. Se trata de seguros “abusivos” ya que “muchos de ellos superan el límite de duración máxima señalado por la Ley del contrato de seguro”, que establece una duración máxima de 10 años. Además, muchos generan un enriquecimiento para la entidad bancaria injusta cuando se cancela la hipoteca con anterioridad al vencimiento, ya que, en palabras del socio director, “el cliente ha pagado un seguro de vida en un lapso temporal en el que ya no hay ningún préstamo hipotecario pendiente”.
Por ellos, el Juzgado nº 7 Bis de Pamplona ha declarado “la contratación del seguro temporal de vida vinculado al préstamo práctica abusiva”, lo que obliga a declara “nula” la póliza, y obliga a la entidad a “devolver a los prestatarios la parte de la prima no consumida”, que en uno de los casos alcanza los 12.688 euros.
De esta forma, IBIDEM Abogados ha colaborado en la denuncia de una práctica abusiva por parte de las entidades bancarias con sus clientes.
Pueden leer el artículo de opinión de Enrique Martín pinchando aquí.