IMPACTO DEL BREXIT EN LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL

De conformidad con el acuerdo de retirada ratificado entre la Unión Europea y el Reino Unido, el Reino Unido abandonó la UE el 1 de febrero de 2020.

Como les hemos venido informando, esta situación tiene gran impacto en los derechos de propiedad industrial. En consecuencia, tanto la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) han emitido sendos comunicados, informando al respecto.

El acuerdo de retirada estipula que el Derecho de la Unión seguirá siendo aplicable al Reino Unido durante un período transitorio que finalizará el 31 de diciembre de 2020. Ello se hace extensivo a los Reglamentos de Marca de la Unión Europea y de Diseño Comunitario y a sus instrumentos de aplicación.

Por lo tanto, las solicitudes tanto de Marcas de la Unión Europea como de Marcas Internacionales que han designado la Unión Europea continuarán su procedimiento ordinario hasta la mencionada fecha.

Todas aquellas marcas que hayan sido registradas antes del final del periodo transitorio se convertirán, sin ninguna revisión, en un derecho equivalente registrado y exigible en el Reino Unido, conforme a su derecho nacional.

Ni la EUIPO ni la OMPI han informado sobre qué medidas se adoptarán tras la finalización del periodo transitorio, es decir, a partir del 1 de enero de 2021, con respecto a las solicitudes que todavía no hayan sido registradas.

Por lo tanto, desde IBIDEM les seguiremos manteniendo puntualmente informados de las novedades que se vaya produciendo. En cualquier caso, consideramos que nuestros clientes con intereses en el Reino Unido deberían plantearse la posibilidad de presentar solicitudes de marcas nacionales en el Reino Unido.

Menú

Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies
Call Now Button