El Reglamento (UE) 2026/715 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2026, sobre los diseños de la Unión Europea, entró en vigor el 1 de julio de 2026. Se trata de una versión codificada del régimen jurídico aplicable a los diseños de la Unión Europea, que integra en un único texto el Reglamento (CE) n.º 6/2002 y sus sucesivas modificaciones.
En el Derecho de la Unión Europea, la codificación consiste en la adopción de un nuevo acto legislativo que reúne en un solo texto el acto originario y sus modificaciones posteriores, sin alterar la sustancia de las normas codificadas. Su finalidad principal es reforzar la claridad normativa y la seguridad jurídica, facilitando a los operadores el acceso a una regulación consolidada y actualizada.
Con carácter previo a esta codificación, el sistema de dibujos y modelos comunitarios fue objeto de una reforma relevante mediante el Reglamento (UE) 2024/2822 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, que modificó el Reglamento (CE) n.º 6/2002. Dicha reforma modernizó el régimen de protección de los diseños en la Unión Europea y actualizó su terminología, sustituyendo la tradicional referencia a los “dibujos y modelos comunitarios” por la de “diseños de la Unión Europea” o “diseños de la UE”.
La entrada en vigor del Reglamento (UE) 2026/715 implica que las referencias al Reglamento (CE) n.º 6/2002 deben interpretarse conforme al nuevo texto codificado y a las disposiciones de correspondencia previstas en el propio Reglamento.
Puntos clave de la transición
-Continuidad normativa: al ser una codificación, los derechos adquiridos bajo el reglamento anterior (como los antiguos «dibujos y modelos comunitarios») mantienen su vigencia y protección, pasando a denominarse «diseños de la Unión Europea».
-Seguridad jurídica: el texto de 2026 consolida todas las reformas previas, incluyendo las relativas a la «cláusula de reparación» para productos complejos y las adaptaciones a la fabricación aditiva (impresión 3D), ya perfiladas en la reforma de 2024.
-Procedimientos en curso: los procedimientos de registro, nulidad o caducidad iniciados bajo la vigencia del reglamento anterior continúan su tramitación bajo el nuevo marco, ajustándose a las normas de desarrollo vigentes, como el Reglamento Delegado (UE) 2026/137 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/138.




