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El «dropshipping» no exime de responsabilidad por vulnerar diseños protegidos: Enrique Martín-Álvarez analiza una sentencia pionera en Alicante Plaza

Una reciente resolución del Tribunal de Marca de la Unión Europea, con sede en Alicante, marca un antes y un después en la protección de los diseños industriales frente a las infracciones cometidas a través del comercio electrónico.

En un artículo publicado en Alicante Plaza, Enrique Martín-Álvarez, abogado socio director de Ibidem IP, analiza la trascendencia de la Sentencia nº 61/2026, de 29 de junio, una resolución pionera que declara responsable a un comerciante online que comercializaba calzado que reproducía un diseño protegido mediante un modelo de negocio basado en el dropshipping.

Una resolución con importantes implicaciones para el comercio electrónico

El dropshipping se ha consolidado en los últimos años como una fórmula habitual de venta online en la que el comerciante ofrece productos sin disponer de stock propio ni gestionar directamente el envío. Sin embargo, como explica Enrique Martín, esta circunstancia no libera al vendedor de su responsabilidad cuando comercializa productos que vulneran derechos de propiedad industrial.

La sentencia rechaza expresamente el argumento de que el comerciante no responde por no fabricar, almacenar o distribuir físicamente el producto. El elemento determinante, señala el tribunal, es quién controla la oferta comercial.

La simple publicación de un producto en una tienda online —con imágenes, descripción, precio y posibilidad de compra— constituye una oferta en el tráfico económico y resulta suficiente para apreciar una infracción de un diseño registrado, aunque finalmente no llegue a producirse la entrega del artículo.

El control de la oferta determina la responsabilidad

El análisis desarrollado por Enrique Martín-Álvarez pone de relieve que el tribunal desplaza el foco desde la logística hacia la verdadera actividad comercial.

Quien selecciona el producto, lo incorpora a su catálogo, fija el precio, capta al cliente, gestiona el cobro y ofrece el servicio posventa actúa como vendedor frente al consumidor y, por tanto, debe responder de las posibles vulneraciones de derechos de propiedad industrial.

La resolución considera que la tienda online constituye un auténtico «escaparate digital propio», descartando que el comerciante pueda ampararse en la actuación de un proveedor externo para eludir su responsabilidad.

Un criterio alineado con la jurisprudencia europea

La sentencia sigue la línea marcada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en asuntos de referencia como L’Oréal contra eBay, Coty contra Amazon o Louboutin contra Amazon, consolidando la distinción entre los intermediarios técnicos neutrales y los operadores que actúan como verdaderos vendedores.

Asimismo, aclara que corresponde al comerciante acreditar documentalmente que actúa únicamente como intermediario cuando así lo alegue, mediante facturas, pedidos, albaranes o cualquier otra documentación que lo justifique. La ausencia de estas pruebas juega en su contra.

Un precedente de gran relevancia para la protección de la propiedad intelectual

Como se destaca en el artículo, admitir que un modelo de dropshipping pudiera servir para eludir la responsabilidad habría abierto una importante vía de fraude en sectores especialmente expuestos a la copia de diseños, como la moda, el calzado, los accesorios o la decoración.

La resolución refuerza la protección de los titulares de derechos y lanza un mensaje claro al mercado: en el comercio electrónico, quien controla la oferta responde frente a la ley, con independencia de quién almacene o envíe físicamente el producto.

Desde Ibidem Abogados seguimos de cerca la evolución de la jurisprudencia en materia de propiedad industrial e intelectual, asesorando a empresas, diseñadores y titulares de derechos en la protección, defensa y explotación de sus activos intangibles, tanto en el ámbito nacional como europeo.

El artículo completo de Enrique Martín-Álvarez, abogado socio director de Ibidem IP, puede leerse en Alicante Plaza, donde analiza en profundidad las implicaciones jurídicas de esta resolución pionera para el comercio electrónico y la protección de los diseños registrados.

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